El falso caso “Beatriz” que quiere imponer la agenda globalista

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CASO BEATRIZ Y OTROS VS. EL SALVADOR

Información del caso:

El caso se relaciona con las alegadas violaciones a los “derechos” de Beatriz y su familia debido a la supuesta prohibición absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo en El Salvador, lo que presuntamente impidió que tuviera la posibilidad de acceder a una interrupción legal, temprana y oportuna al tratarse de una situación de alegado riesgo a la vida, salud e integridad personal. Beatriz en la época de los hechos tenía 20 años y vivía en extrema pobreza en el Cantón La Noria Tierra Blanca, municipio de Jiquilisco, El Salvador. Se le diagnosticó Lupus Eritematoso Sistemático, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea. Beatriz quedó embarazada por primera vez en julio de 2011. Durante este primer embarazo, tuvo que ser hospitalizada en dos ocasiones debido a anemia y exacerbación de su cuadro lúpico. El 2 de marzo de 2012 inició trabajo de parto, que se complicó debido a una preeclampsia. Tuvo una cesárea y su hijo sobrevivió luego 38 días internado. Debido a la enfermedad y complicaciones del embarazo, el 2 de mayo de 2012 un médico del Hospital Nacional de Maternidad le informó que no podría embarazarse nuevamente (ya era madre del primer embarazo), y la citó para el 27 de mayo a efectos de realizar una esterilización quirúrgica. Beatriz decidió no asistir a dicha intervención, por temor a lo que pudiera pasar y que eventualmente podría pensar en tener hijos más adelante. En febrero de 2013 se le diagnosticó un un segundo embarazo de once semanas el cual se informó que era de alto riesgo. El 7 de marzo de 2013 le diagnosticaron que existía una malformación congénita del feto con anencefalia, condición incompatible con la vida extrauterina. Se le indicó que si el embarazo avanzaba existía la probabilidad de que ella muriera. Ante la prohibición de aborto terapéutico en la legislación de El Salvador, la defensa legal de Beatriz presentó una demanda de amparo solicitando la interrupción del embarazo a efectos de salvar la vida de Beatriz. La Sala Constitucional admitió la demanda de amparo y dictó una medida cautelar, pero el 28 de mayo de 2013 declaró “no ha lugar” la demanda ya que consideró que no hubo una conducta omisiva por parte de las autoridades demandadas que hubiera producido un grave peligro a los derechos a la vida y a la salud de Beatriz. Según se informa, el 3 de junio Beatriz comenzó con trabajo de parto, por lo que debió ser sometida a una cesárea, y el feto anencefálico falleció cinco horas después. (Pero se salvó su vida) Entre otras cosas, se aduce que en el presente caso confluyeron en forma interseccional múltiples factores de vulnerabilidad y riesgo de discriminación asociados a la condición de mujer joven y persona en situación de pobreza. Por los hechos del caso, se solicita se declare la responsabilidad internacional de El Salvador por la violación de los derechos a la vida, (Ella quedó viva) integridad personal, garantías judiciales, vida privada, igualdad ante la ley, protección judicial, y derecho a la salud establecidos en los artículos 4.1, 5.1, 5.2, 8.1, 9, 11.2, 11.3, 24, 25.1, 26 de la Convención Americana, en relación con las obligaciones establecidas en sus artículos 1.1 y 2. Asimismo, se solicita que se declare la vulneración de los artículos 1 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará.

Argumentos Falsos:

Lo que no cuentan estos organismos mentirosos es que “Beatriz” nunca murió por no haberla dejado abortar, ya que quedó viva despues del proceso decesárea, “Beatriz” falleció 4 años después en un accidente en motocicleta.

La jueza que deberá decidir en éste caso, Verónica Gómez perteneció a CEJIL una organización finaciada por Open Society Fundations quién también financia la corte Interamericana.

Por lo tanto te invitamos a investigar y no dejarte engañar por parte de los medios egemónicos que nunca te dirán la verdad.

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